El Real Decreto-ley 25/2026 introduce y prorroga desde este 1 de octubre medidas para contener el impacto de los carburantes y la energía. ADICAE Murcia advierte de que su eficacia debe medirse por lo que realmente llegue al bolsillo de las familias y reclama transparencia y vigilancia de los precios finales.
El Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, publicado en el BOE el 30 de septiembre, mantiene y amplía distintas medidas frente al encarecimiento energético provocado por las tensiones internacionales.
La norma llega en un momento especialmente sensible para los consumidores. En agosto, el IPC de la Región de Murcia aumentaba un 4,3 % interanual, mientras que el grupo Transporte registraba una subida del 11,9 %.
Pero ¿qué cambia realmente para una familia?
Carburantes: 20 céntimos menos de impuesto en octubre
Durante octubre, gasolina y gasóleo cuentan con una reducción de los tipos del Impuesto sobre Hidrocarburos equivalente a 20 céntimos por litro respecto de los tipos anteriores a las medidas aprobadas en marzo.
En principio, la rebaja fiscal será de 13 céntimos en noviembre y 6 céntimos en diciembre, aunque podrá mantenerse en niveles superiores si los precios vuelven a registrar aumentos especialmente elevados.
Desde ADICAE Murcia consideramos importante hacer una precisión: 20 céntimos menos de impuesto no significan automáticamente que el precio del surtidor vaya a bajar exactamente 20 céntimos respecto al día anterior.
Por eso resulta fundamental comprobar que la reducción fiscal se traslada efectivamente al consumidor. Las ayudas deben medirse por los euros que realmente se ahorran las familias, no únicamente por la rebaja aprobada sobre el papel.
Gas: se evita una subida mucho mayor, pero parte del coste se aplaza
Una de las principales medidas afecta a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural.
El decreto limita el incremento del componente correspondiente a la materia prima en la revisión del 1 de octubre. Sin esta intervención, la propia norma calcula que la TUR habría experimentado un aumento superior al 45 %, afectando a más de tres millones de consumidores.
La subida de ese componente queda limitada al 35 % en octubre y al 15 % en la revisión de enero de 2027.
Es una protección importante a corto plazo, pero hay un aspecto que el consumidor debe conocer: la diferencia de costes que ahora no se repercute puede recuperarse posteriormente en las siguientes revisiones tarifarias, junto con su coste financiero.
Por tanto, no estamos ante la desaparición completa de ese coste, sino ante una medida que amortigua y distribuye en el tiempo su impacto.
Para ADICAE Murcia, esta información debe explicarse con transparencia para que el consumidor conozca no solo cuánto paga hoy, sino también las consecuencias futuras de las medidas adoptadas.
Butano: precio máximo temporal
La norma limita además hasta el 30 de junio de 2027 a 19,55 euros el precio máximo de la bombona de butano de 12,5 kilos en el territorio peninsular.
La medida protege especialmente a hogares que dependen de esta fuente de energía frente al aumento de las materias primas y los costes de transporte.
Pero nuevamente existe un matiz: las diferencias que no puedan repercutirse mientras esté vigente este límite podrán trasladarse a revisiones posteriores.
Por eso conviene hablar de contención temporal del precio, y no simplemente de una rebaja definitiva.
Electricidad y gas: cuidado, las rebajas fiscales no se aplican automáticamente
Otro punto que puede generar confusión es la fiscalidad energética.
El Real Decreto-ley no establece desde el 1 de octubre una rebaja automática general del IVA de la electricidad o el gas.
Lo que incorpora es un mecanismo para que durante noviembre y diciembre puedan recuperarse determinadas reducciones fiscales si los precios vuelven a experimentar incrementos superiores a los límites establecidos.
Entre ellas se contempla el IVA reducido del 10 % para determinados suministros eléctricos y de gas y, en electricidad, una reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad.
Por tanto, son medidas condicionadas a la evolución de los precios, no descuentos que estén aplicándose automáticamente desde hoy.
Alimentos: vigilancia sobre toda la cadena de precios
El decreto no introduce una rebaja directa para la cesta de la compra, aunque mantiene ayudas destinadas a sectores como agricultura, ganadería o pesca para compensar parte del aumento de sus costes energéticos.
Desde el punto de vista del consumidor, resulta especialmente relevante que la norma encomiende a la CNMC el seguimiento de la evolución de los precios de los alimentos y del grado de competencia a lo largo de su cadena de valor.
También deberá analizar la efectividad y el grado de traslación de las medidas adoptadas en los mercados de carburantes, gas y electricidad.
Para ADICAE Murcia, este control debe permitir responder a una pregunta esencial: ¿Las ayudas y reducciones de costes están llegando realmente al precio que paga el consumidor?
No basta con contener costes en determinados sectores. Es necesario conocer cómo se forman los precios finales y actuar cuando existan problemas de competencia o incrementos que no encuentren justificación suficiente.
ADICAE Murcia: protección inmediata, pero también transparencia y vigilancia
Las medidas pueden aliviar temporalmente parte de la presión que soportan las familias, pero no sustituyen la necesidad de garantizar mercados transparentes y competitivos.
Desde ADICAE Murcia reclamamos vigilancia efectiva de la traslación de las rebajas fiscales, transparencia en la formación de precios y una información clara sobre los costes que simplemente se están aplazando para el futuro.
El consumidor debe saber qué medida le beneficia, durante cuánto tiempo y qué puede ocurrir cuando termine.
Y, especialmente en bienes esenciales como energía, carburantes o alimentación, la responsabilidad de afrontar las subidas no puede recaer exclusivamente sobre unas familias obligadas a reducir continuamente sus gastos.
En vigor desde el 1 de octubre, pendiente de convalidación
Con carácter general, el Real Decreto-ley está en vigor desde el 1 de octubre de 2026, aunque algunas de sus disposiciones tienen fechas específicas de aplicación.
Al tratarse de un Real Decreto-ley, el Congreso de los Diputados deberá pronunciarse sobre su convalidación o derogación en el plazo constitucional de 30 días.
Mientras tanto, las medidas previstas son aplicables conforme a las fechas establecidas en la norma.
Para ADICAE Murcia, la clave será comprobar durante los próximos meses si estas medidas se traducen efectivamente en menos presión sobre el presupuesto familiar.
Porque una medida anticrisis no debe valorarse únicamente por lo que anuncia, sino por el efecto real que termina teniendo en el bolsillo del consumidor.


