Una reciente sentencia del Tribunal Supremo supone un importante avance para la protección de los consumidores frente a una de las prácticas más controvertidas utilizadas durante años por numerosas entidades financieras: la contratación de seguros de vida o de protección de pagos de prima única financiados junto con las hipotecas.
En estos casos, el coste total del seguro se incorporaba al capital del préstamo hipotecario, de forma que el consumidor no solo pagaba la prima, sino también los intereses generados sobre ese importe durante buena parte de la vida de la hipoteca, incrementando considerablemente el coste final del préstamo.
Un respaldo a las reclamaciones de los consumidores
El Tribunal Supremo considera que esta práctica puede resultar abusiva por falta de transparencia cuando el consumidor no recibió una información clara y suficiente sobre sus consecuencias económicas o no tuvo una verdadera posibilidad de elegir libremente el seguro. Esta resolución refuerza las posibilidades de reclamación de miles de hipotecados afectados.
Desde ADICAE llevamos años denunciando este tipo de productos porque numerosos consumidores desconocían que estaban aumentando su deuda hipotecaria al financiar el coste del seguro y pagando intereses durante años sobre una cantidad que, en muchos casos, nunca habrían aceptado de haber recibido una información completa y comprensible.
¿Por qué los bancos comercializaban estos seguros?
Estos productos suponían una importante rentabilidad para las entidades financieras. Además de obtener ingresos por la comercialización del seguro, incrementaban el capital del préstamo hipotecario y, con ello, los intereses que el consumidor abonaría durante años.
Por ello, esta sentencia no solo afecta a un producto concreto, sino que vuelve a poner el foco en la necesidad de que la contratación de productos vinculados a las hipotecas se realice con plena transparencia, libertad de elección e información suficiente.
¿Qué puede reclamar un consumidor?
Dependiendo de las circunstancias de la contratación, el consumidor puede solicitar, entre otras cuestiones:
- La declaración de nulidad, total o parcial, del contrato de seguro o de las cláusulas que lo regulan cuando no superen el control de transparencia.
- La devolución de las cantidades que correspondan, incluida, en su caso, la parte de la prima no consumida.
- Los intereses legales sobre las cantidades que deban restituirse.
- Cuando proceda, el recálculo del préstamo hipotecario para eliminar los efectos económicos derivados de haber financiado la prima del seguro.
Además, haber cancelado ya la hipoteca no impide automáticamente reclamar, por lo que resulta recomendable revisar igualmente la documentación y estudiar cada caso.
Comprueba tu hipoteca. Desde ADICAE Murcia recomendamos revisar la documentación si:
- Contrataste un seguro de vida o de protección de pagos junto con la hipoteca.
- El seguro se pagó de una sola vez (prima única).
- Su coste se incorporó al préstamo hipotecario.
- Has estado pagando intereses sobre ese importe.
- No recuerdas haber recibido una explicación clara sobre el impacto económico del seguro o no pudiste elegir libremente otra aseguradora.
Más transparencia y menos sobreendeudamiento
La sentencia del Tribunal Supremo constituye un importante avance para los consumidores, pero no debería ser el punto final. Desde ADICAE Murcia consideramos que las entidades financieras deben revisar estas prácticas y ofrecer soluciones a los consumidores afectados, evitando que sean ellos quienes tengan que acudir a los tribunales para defender unos derechos que nunca debieron verse comprometidos.
Seguiremos reclamando una banca más transparente, una contratación realmente libre y una protección efectiva frente a productos que durante años incrementaron innecesariamente el endeudamiento de miles de familias


